En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo (BOE de 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Esta Subsecretaría en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar procesos selectivos para la estabilización del empleo temporal en los Grupos profesionales M3, 1G, M2, 2G, M1, 3G y E2.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
NOTA INFORMATIVA PROCESOS ESTABILIZACION MINCOTUR.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el plazo de presentación de la documentación acreditativa de los méritos alegados.
Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
Las personas aspirantes admitidas definitivamente dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valoren en la fase de concurso, en la forma que se precise.
NOTA INFORMATIVA URGENTE
Subdirección General de Gestión de Procedimientos de Personal-Dirección General de la Función Pública. Madrid 24/1/2023
En relación a la solicitud de los certificados de “haber superado uno o más ejercicios de los procesos selectivos para el acceso al mismo nivel de clasificación profesional” para acreditar méritos académicos en los procesos selectivos de estabilización, comunicamos que la competencia para la emisión de estos certificados corresponde al órgano gestor del proceso selectivo al que corresponden los ejercicios superados.
No corresponde a ninguna unidad de la Dirección General de Función Pública la tramitación ni la emisión de estos certificados dado que la gestión de los procesos selectivos está encomendada a los Ministerios u Organismos, en concreto a sus unidades de RRHH.